Exonera el TEPJF al diputado Ignacio Mier de violencia política e institucional
Desechan alegatos de legisladores de los partidos de Movimiento Ciudadano y Acción Nacional, a quienes se les llamó "traidores a la patria" por votar en contra de la reforma eléctrica.
El resolutivo
exonera de igual forma al Presidente de la República y a la jefa de Gobierno de
la CDMX.
La Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por
unanimidad, determinó la inexistencia de violencia política e institucional, en
contra del coordinador de los diputados federales de Morena, Ignacio Mier
Velazco.
En abril del
2022, legisladores federales de los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano,
interpusieron una denuncia en la Sala Regional Especializada, por una supuesta campaña masiva de diversos
servidores públicos, en la que se les llamaba “traidoras a la patria” por votar
en contra de la reforma eléctrica.
En este
resolutivo del TEPJF también se absolvió al Presidente de la República, Andrés
Manuel López Obrador y a la jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum
Pardo.
En sesión
pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado presidente
Reyes Rodríguez Mondragón, revocó la determinación de la Sala Regional
Especializada, que en una primera instancia le dio entrada a la supuesta
violencia política e institucional, pero que al no ser probada por los
denunciantes, el TEPJF la desechó por unanimidad.
Lo anterior,
debido a que para acreditar la violencia política, es necesaria una serie de
actos perpetrados por quien ejerce poder en una relación asimétrica, con la
finalidad de obstruir el ejercicio del cargo público, de vulnerar la dignidad
humana, así como de lesionar los valores democráticos fundamentales, lo que no
sucedió.
Las manifestaciones denunciadas que sí fueron calificadas calumniosas anteriormente, fueron emitidas hacia servidores públicos en su calidad de parlamentarios durante el desempeño de su función, posterior a que fue emitido el voto de los legisladores en pleno, por lo que no tuvieron injerencia en este, ni se advierten que pudieran obstruir el ejercicio del cargo con posterioridad.
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