Ciudadanía informada ejerce mejor sus derechos: INAI
De acuerdo con un funcionario del INAI, el derecho a la información, a la verdad y a la libre expresión son tres pilares de las sociedades plurales y democráticas.
Para que un
Estado se considere democrático debe garantizar ciertos derechos; la libre
expresión y el acceso a la información son dos de ellos. Ambos se encuentran
vinculados, pues una ciudadanía informada es capaz de expresar ideas críticas
que abonen al desarrollo de la sociedad. Sobre este tópico se reflexionó en la
sesión final de la Cátedra Ellacuría coordinada por la IBERO Puebla.
En el
artículo 6° constitucional se plasma el derecho de todos los mexicanos a
difundir, buscar y recibir información. Como condensó el Dr. Luis Felipe Nava
Gomar, director general de Enlace con los poderes Judicial y Legislativo del
INAI: “Solamente en esas condiciones se puede participar en democracia. A mayor
juicio crítico, más pueden exigir los representados a sus representantes”.
La libertad
de expresión se nutre de información fidedigna. De ahí la importancia del INAI:
el instituto es el organismo autónomo responsable de garantizar que los sujetos
obligados hagan público todo aquello que es de interés colectivo. Esto es,
velar por la transparencia de servidores e instituciones públicas.
El derecho de
acceso a la información, que fue incluido en la Constitución mexicana por
primera vez en 1977, encontró un punto pivote en el caso Claude Reyes y otros
contra Chile en 2006. En aquella ocasión, la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) determinó que los Estados democráticos deben regirse
bajo el principio de máxima divulgación.
Toda
información en posesión de cualquier autoridad es pública, salvo que caiga en
una hipótesis de reserva, misma que debe estar bien fundamentada. Al mismo
tiempo, los sujetos obligados deben documentar todo acto que derive del
ejercicio de sus facultades. Cuando una autoridad se niega a publicitar cierta
información, el ciudadano común puede ampararse para que una corte determine si
esta puede ser reservada o no.
Las
excepciones al principio de publicidad se encuentran en dos clasificaciones. La
información reservada, aquella que se oculta por cierto tiempo por razones de
interés público o seguridad nacional; y la información confidencial, la cual es
censurada para proteger los datos personales de alguna persona.
De forma
paralela, la libertad de expresión representa una pieza clave en el
funcionamiento de la democracia representativa, pues abona al pluralismo
político esencial para los Estados democráticos. “No puede haber debate si no
se permite opinar sobre la cosa pública”. Cuando la ciudadanía se involucra en
lo público se fortalecen las relaciones entre gobernantes y gobernados.
La CIDH
enfatiza que la defensa de la libre expresión es un acto en favor de la
democracia, pues permite que la diversidad de ideas atienda necesidades
igualmente múltiples. “Solamente puedo enriquecer mi juicio crítico si escucho
a los demás”, sintetizó Nava Gomar.
“Cuando la libertad de expresión está garantizada, quiere decir que todas y todos pueden expresar sus ideas. A medida que una persona tiene acceso a esas voces puede nutrir su sentido crítico”: Dr. Luis Felipe Nava.
Como bisagra
entre ambas garantías se encuentra el derecho a la verdad: la respuesta frente
a la falta de esclarecimiento y sanción de casos graves de violaciones a los
derechos humanos por parte de una autoridad gubernamental. Se trata de un pilar
fundamental para combatir la impunidad y llegar a la justicia. “El que haya una
comisión de la verdad coadyuva a la no repetición”.
A través de
esta garantía se reconoce el derecho de víctimas y familiares a conocer la
verdad con respecto a las violencias que sufrieron. Esto implica que los
Estados se vean obligados a actuar en consecuencia: sancionar a los implicados
y construir condiciones para que los hechos no se repitan. “Cuando no hay un
derecho a la verdad se vulnera el acceso a la información, porque no se explica
qué fue lo que pasó”.
En casos en
los que los derechos fundamentales chocan con el criterio de excepción,
corresponde al INAI determinar, de forma preliminar, si la reserva de
información obstaculiza la investigación de graves violaciones a los derechos
humanos u otros asuntos que pongan en riesgo a la sociedad.
Esta facultad fue defendida por el especialista, quien aseguró que los crímenes de lesa humanidad son el punto en el que se encuentran los tres derechos explorados en la cátedra. “Solo cuando hay libertad de expresión, acceso a la información [y derecho a la verdad] se fortalecen las democracias participativas”, concluyó Luis Felipe Nava.
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