Luis Alberto Arriaga pagó 600 mil pesos por 165 calentadores que nunca recibió
Exigen que la actual alcaldesa Paola Angon haga públicas todas las irregularidades que encontró, y que no sea cómplice de Arriaga.
Mucho se ha
mencionado en cuanto a diversas irregularidades que se cometieron en la pasada
administración de Luis Alberto Arriaga Lila, de lo cual la actual alcaldesa Paola Angon solo ha referido que dejó una deuda.
Pero, que no
ha querido denunciar las supuestas irregularidades, aun cuando han dañado a los
cholultecas al no aplicarse de manera correcta los recursos públicos, como es
el caso de un contrato en el que se compraron 165 calentadores solares que
nunca se recibieron.
De acuerdo al
contrato por adjudicación directa, número ADDIR/ADJ/12-22/2020, Arriaga Lila a
través de Marcelino Calzadilla García, entonces secretario de bienestar sustentable de ese
ayuntamiento, pagaron $600,005.67 (seiscientos mil cinco pesos 05/100 m/n) por
la compra de 165 calentadores solares.
El proveedor,
Héctor Fernando Salado Meza, de acuerdo al contrato, establecía que recibiría
el pago por medio de transferencia de recursos a la cuenta 0163662179, número
de cuenta clave 0128320016366211798, de la institución bancaria BBVA Bancomer, S.A.
Sin embargo,
recibió dicho pago mediante un traspaso de fecha 30 de diciembre de 2020, a la
cuenta de retiro número 0115557372, de la institución bancaria BBVA Bancomer,
S.A., a nombre del municipio de San Pedro Cholula, a la cuenta de depósito número 143180000028568727, de CIBANCO nombre de Héctor Fernando Salado
Meza, referencia numérica 301220, clave
de rastreo BNETO1002012300032179029,
folio de internet 4581307520, realizado
por el concepto de pago de factura 48b0c.
Aun cuando el
contrato, que abarcaría del 22 de diciembre de 2020 al 28 de febrero de 2021, como
parte del programa “Calidez Sustentable Modalidad Calentadores Solares”,
señalaba que una vez realizado el pago, el proveedor entregara los calentadores
solares 40 días después.
En la
cláusula cuarta del contrato de referencia, se estipuló que el ayuntamiento
realizaría el pago en una sola exhibición contra entrega de los bienes a entera
satisfacción de la parte contratante, y no antes de la entrega.
Con fecha 23
de agosto de 2021, Héctor Fernando Salado Meza, presentó un escrito ante la Secretaria
de Bienestar Social del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, en el que señaló que
no se habían podido embarcar los calentadores solares por problemas aduanales derivados
de la pandemia, ya que según, le estaban dando prioridad a embarques de otro
tipo, con mercancía de primera necesidad, lo que estaba provocando escases
mundial de contenedores, por lo que la entrega de los calentadores sería hasta el
día 17 de septiembre de 2021.
Por su parte,
Marcelino Calzadilla García, en su carácter de Secretario de Bienestar
Sustentable del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, emitió un oficio con número S.B.S.S/202/2021,
con fecha 9 de septiembre de 2021en el cual refiere que se recibió escrito por
medio del cual justifica las razones por las que no había podido cumplir con la
entrega de los 165 calentadores solares.
Y no fue sino
hasta el 21 de septiembre de 2021, que se dirigió el oficio con número S.B.S.S/215/2020
a Miguel Ángel García Dinorín, director de Consejería Jurídica Del Ayuntamiento
de San Pedro Cholula, a fin de que se realicen las acciones legales a que haya
lugar en contra de Héctor Fernando Salado Meza, por incumplir con la entrega de
los calentadores solares.
Durante los
meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto de 2021, no realizaron
ninguna gestión legal para el cumplimiento del contrato, no obstante que el
mismo tenía como último día de vigencia el 28 de febrero de 2021, fecha límite
que tenía el proveedor para la entrega de los calentadores solares.
De lo
anterior, se desprende una denuncia por los delitos de peculado previsto en el
artículo 428 fracción v del Código Penal del Estado de Puebla, y Fraude previsto
en el artículo 404 fracción vi del Código Penal del Estado de Puebla, así como
los que resulten, mismos que fueron cometidos presuntamente por Héctor Fernando
Salado Meza, y quien resulte responsable.
Así como de
los delitos de uso ilícito de atribuciones y facultades, previsto en el
artículo 436 ter fracción vii, del Código Penal del Estado de Puebla, abuso de
autoridad o incumplimiento de un deber legal, previsto en el artículo 419
fracción xii, del Código Penal del Estado de Puebla, cometidos por quienes
resulten responsables, en perjuicio del patrimonio del H. Ayuntamiento del
Municipio de San Pedro Cholula.
La duda que surge es, si esta y otras irregularidades que –nos aseguran- irán saliendo a la luz pública, no han sido vistas por la alcaldesa Paola Angon.
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