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Revés a Armenta y Morena, SCJN echa abajo reformas contra “factureras”


Fueron 8 los ministros que votaron contra las reformas impulsadas por Morena en el Congreso a finales de 2019.

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la figura de prisión preventiva oficiosa para los delitos de defraudación fiscal y para sancionar a los factureros, al considerar que la norma aprobada por el Congreso y publicada por el Presidente viola el estándar de los derechos humanos y no se puede encuadrar en asuntos de seguridad nacional.

 

Las iniciativas fueron impulsadas por comisiones del Senado de la República a partir de una propuesta del senador Alejandro Armenta Mier, de Morena, y fueron aprobadas por la mayoría morenista pese al voto en contra de la oposición. También fueron presumidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador en las conferencias mañaneras como parte del combate a los delitos fiscales.

 

El asunto fue controvertido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y una minoría de integrantes de la Cámara de Senadores.

 

Al final, ocho ministros votaron en contra de la constitucionalidad y del proyecto del ministro José Fernando Franco González Salas, quien se pronunció por mantener las reformas aprobadas en 2019.

 

A finales de 2019, el Congreso de la Unión aprobó una serie de reformas que tipifica la defraudación fiscal y la compra-venta de facturas falsas (factureros) como delitos de delincuencia organizada, cuando el monto de lo defraudado o valor de los comprobantes fiscales es superior a los 7 millones 804 mil 230 pesos.

 

Por lo que ameritaban prisión preventiva oficiosa, sanción con dos a nueve años de prisión y eran considerados como amenazas a la seguridad nacional.

 

La CNDH presentó la acción de inconstitucionalidad al argumentar que viola los derechos a la seguridad jurídica, a la libertad personal, a la libertad de tránsito, al debido proceso, así como a los principios de presunción de inocencia, legalidad, mínima intervención en materia penal y excepcionalidad de la prisión preventiva oficiosa.

 

Aristegui Noticias

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