Reforma judicial fue aprobada mediante engaños y un procedimiento opaco: Nancy de la Sierra
Diversas senadoras y senadores consideraron como un acto inconstitucional la aprobación del artículo transitorio que amplía el cargo del ministro presidente de la SCJN.
El Senado de
la República analizó y discutió la creación de dos nuevas leyes: la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial del
Poder Judicial de la Federación; así como las modificaciones a la Ley Federal
de los Trabajadores al Servicio del Estado, a la Ley Federal de Defensoría
Pública, al Código Federal de Procedimientos Civiles, a la Ley de Amparo y a la
Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución
Política.
Nancy de la
Sierra, integrante del Grupo Parlamentario del PT, expresó que durante la
aprobación del artículo transitorio que amplía el cargo del ministro presidente
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se violó el artículo 202,
fracción I del Reglamento del Senado; además del artículo sexto, párrafos
primero y segundo del acuerdo para la implementación de sesiones a distancia.
“No se llevó a cabo la segunda ronda para recoger las votaciones es la que muchos de nosotros hubiéramos rectificado nuestro voto en sentido contrario. Exhorto a la Cámara de Diputados a corregir esta aberración inconstitucional, que fue aprobada a través del engaño y un procedimiento opaco por la mayoría”, expresó la senadora por Puebla.
Durante la
Sesión Ordinaria también presentó diversas reservas, como desechar la facultad
que se otorga al Alto Tribunal para solicitar al Consejo de la Judicatura
Federal “la averiguación de la conducta de algún magistrado o juez” a través
del artículo 11, fracción 21, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación.
“Esto no lo previmos en la reforma constitucional que aprobamos en noviembre. Pareciera que más bien se trata de un instrumento para vigilar o coaccionar a jueces que emiten fallos en determinado sentido, amenazando su independencia y autonomía para realizar sus funciones. En tanto no se aclare el procedimiento y los límites para el ejercicio de esta facultad, someto a consideración de esta asamblea eliminar esta nueva atribución”, señaló.
Impugnó el
contenido del artículo 4, fracción 23 de la misma ley, para eliminar la
facultad que se confiere a la Corte sobre la implementación de sanciones con
multas de más de 16 mil pesos a quienes cometan supuestas “faltas de respeto”
contra el Poder Judicial, al no existir una definición clara del concepto y que
podría consistir en la discrepancia de opiniones, una mirada o hasta un tono de
voz.
Asimismo,
propuso conservar el texto del artículo 41 bis 1 de la Ley vigente al destacar
que “el artículo 41 de la Ley citada permite que las facultades de los plenos
regionales se definan a través de acuerdos generales, sin establecer límite
alguno para la materia de estos acuerdos y sin especificar siquiera qué órgano
los emitirá. Al respecto, sugiero precisar que el Consejo de la Judicatura es
quien emitirá estas disposiciones”.
Las propuestas de la senadora Nancy de la Sierra no fueron admitidas por el Pleno del Senado de la República, en votación económica, dejando los artículos reservados en los términos del Dictamen.
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